Abstract
Actualmente, la escasez de órganos se ha convertido en un gran problema que incrementó la mortalidad en la población, así como la trata y tráfico de personas. Los intentos por contener o acabar con el problema han sido deficientes por lo que es necesario buscar la solución en otros conceptos como el mercado legalizado de órganos. El objetivo del presente estudio es estimar si el mercado de órganos es beneficioso para la sociedad tarijeña desde tres perspectivas: La económica, legal y moral. A partir de estas, se optó por desarrollar una investigación exploratoria con enfoque cualitativo para el logro del objetivo del estudio. Entonces nos preguntamos, ¿es el mercado de órganos beneficioso para la sociedad tarijeña? En cuanto a la perspectiva legal y económica se puede decir que lo es, en la primera tan solo se requeriría de apoyo popular para poder concretar el mercado de órganos legalizado, ya que la Constitución no la prohíbe; y en cuanto a la perspectiva económica, la existencia de un mercado así, podría ahorrarle recursos al Estado y, en general, representar un beneficio a todos los actores del mercado. El problema viene de la mano de la perspectiva moral, pues los resultados no son tan esclarecedores e incluso generan debate. Pese a todo, el panorama es prometedor y ¿quién sabe?, quizás en el futuro se concrete.
Publisher
Universidad Catolica Boliviana San Pablo
Reference14 articles.
1. Becker G. & Elias J. (2007), Introducing Incentives in the Market for Live and Cadaveric Organ Donations, Journal of Economic Perspectives – Volume 21, Number 3 – Summer 2007 – Pages 3 - 24. American Economic Association.
2. Becker G. & Elias J. (2014), Cash for Kidneys, The Case for a Market for Organs. Dow Jones and Company.
3. Berloco P.B., Bussotti A., Ferreti S., Morabito V., Novelli G., Poli L.,… & Rossi M. (2007). Is legalizing the organ market possible? In Transplantation proceedings (Vol. 39, No. 6, pp. 1743-1745). Elsevier.
4. Código de Salud [CS]. Decreto Ley 15629 de 1978. 18 de julio de 1978 (Bolivia).
5. Constitución Política de Bolivia [CPE]. Art. 35. 7 de febrero de 2009 (Bolivia).