Author:
Araujo Cuauro Juan Carlos
Abstract
El propósito de este artículo es caracterizar si la violencia contra el hombre es también considerada violencia de género, así como analizar su tratamiento en el derecho positivo venezolano. Descripción: En el 88% de los casos se abstienen de denunciar por vergüenza y porque existe un vacío legal pues la ley sólo cataloga un delito como violencia doméstica cuando el hombre maltrata a la mujer; asimismo el 70% manifestó la no existencia de instituciones exclusiva para los hombres en materia de violencia de género; por otra parte el 90% manifestó la falta de apoyo jurídico, ya que las leyes venezolanas no tipifican la violencia doméstica hacia el hombre, en materia de protección a hombres maltratados son prácticamente nula o escasas; por último el 95% de los casos el agresor fue mujer (exnovia, exesposa, excompañera o ex concubino, examante, novia, esposa). Enfoque: En el ordenamiento jurídico venezolano la violencia contra el hombre constituye un grave problema de violación sistemática de sus derechos, que se muestra en forma dramática debido a las concepciones jurídicas tradicionales, basadas en paradigmas positivistas y sexistas feministas. En Venezuela, cuando un hombre va a denunciar una agresión, la misma es procesada como una denuncia de delito común, solo uno de cada diez hombres que es agredido por alguna mujer lo denuncia ante el Ministerio Público. Conclusiones: En Venezuela, así como en muchos países de Latinoamérica, los sistemas judiciales atraviesan momentos de crisis y hacen frente a problemas graves de la falta de legislaciones sobre la violencia hacia el género masculino.
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