Abstract
Aunque la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) y otras muchas constituciones, tratados internacionales y declaraciones proclaman y protegen el derecho a la libertad de religión, ningún documento, en la actualidad, parece proclamar o proteger la libertad más amplia a la que pertenece la libertad de religión: el derecho a delirar. No se trata, en modo alguno, de denigrar ninguna religión o creencia religiosa en particular. Se trata más bien de reconocer que una multitud de creencias religiosas persistentes representan una aceptación colectiva, por parte de la especie humana, de prácticas culturales irracionales como parte de nuestro proceso de creación de significados y un aspecto fundamental de nuestra evolución. ¿Por qué, entonces, las prácticas culturales irracionales no se extienden al individuo? ¿Por qué las prácticas irracionales individuales son, en la gran mayoría de los casos, condenadas como formas de enfermedad mental, depresión o locura? ¿Por qué condenamos las prácticas irracionales del individuo, pero honramos y protegemos las prácticas irracionales de los grupos?
Publisher
Universidad Pablo de Olavide