Abstract
En este trabajo se analiza la cuestión metateórica, con respecto a las teorías del derecho, sobre en qué lugar de nuestra realidad se encuentran las normas, en general, y las normas jurídicas, en particular. La dilucidación de esta cuestión es previa, explicativamente, con respecto a algunas preguntas centrales de las teorías del derecho, por ejemplo, en qué sentido específico el derecho está compuesto por un conjunto de normas. Desde este punto de vista se entiende que, para ofrecer una respuesta precisa a la pregunta precedente, se debería saber de antemano en donde se encuentran las normas, esto es, en qué dimensión de nuestra realidad deberíamos buscar para encontrarlas. Esta es la tarea que se lleva a cabo en este artículo. En el desarrollo de esta tarea, en primer lugar, se rechaza el platonismo, i.e., que las normas se encuentran en una dimensión abstracta e independiente de nuestra realidad concreta. En segundo lugar, se rechaza el mentalismo, i.e., que las normas se encuentran, prioritariamente, en la mente de los individuos. En este punto se rechaza también el orden de explicación representacionalista sobre la intencionalidad, que está en la base de muchas teorías contemporáneas del derecho. En tercer lugar, se defiende el pragmatismo sociolingüístico, i.e., que las normas se encuentran, prioritariamente, en las prácticas sociolingüísticas de una comunidad. En cuarto lugar, se defiende una versión particular del pragmatismo sociolingüístico, i.e., que las normas se encuentran, prioritariamente, en la práctica sociolingüística, normativa, histórica y racional de una comunidad.
Publisher
Universidad de Alicante Servicio de Publicaciones
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