Abstract
De acuerdo con los estudios antropológicos y sociológicos la mitad de los ovocitos que circulan por Europa proceden de España. De ahí que nos preguntemos por las exigencias de su regulación, en particular por el principio de no lucro. Este principio se concreta normativamente en un solo momento, a saber, en la donación de ovocitos. Las normas comunitarias y nacionales no extienden este principio a la exportación y la distribución de los ovocitos, abriendo la puerta a su mercantilización y conculcando así el principio. Por ello proponemos una legislación acorde a las exigencias del principio de no lucro.