Abstract
La represión judicial de las disidencias sexuales varió tremendamente en el espacio y el tiempo ocupados por la dictadura franquista. Las condenas efectivas del Juzgado de Peligrosidad y Rehabilitación Social de Valladolid en 1971 y 1972 son un caso relativamente singular entre los expedientes que se han podido examinar hasta ahora, pues en los razonamientos judiciales para declarar a los homosexuales “en estado de peligrosidad social” el elemento que se resaltaba era la “incitación” de otros a cometer “actos de homosexualidad” -las sentencias, además, incluirían explícitamente que tales condenas se dictaban en pro de la protección de la comunidad-. Así, factores como la clase social o el género no parecieron tener en este caso tanto peso como sí que tuvieron articulando los patrones de condena de otros juzgados como el de Barcelona o el de Bilbao: en Valladolid serían condenados el hijo “uranista” de una familia de la burguesía industrial de la ciudad y el muchacho “sin medios lícitos de vida” que vivía a sus expensas, mientras que otros “uranistas” y otros homosexuales “sin medios lícitos de vida” no serían condenados.
Publisher
Servicio de Publicaciones de la Universidad Autonoma de Madrid