Abstract
El pluralismo jurídico nos remite a una discusión en la que, entendiendo a la política como el espacio de realización y manifestación de lo jurídico, es necesario establecer la naturaleza de la relación entre la política y el pluralismo. Así, resulta esclarecedor recurrir al pensamiento de Hannah Arendt, para comprender cómo el pluralismo constituye la condición necesaria de la construcción de la política, que a su vez es la manifestación de dos elementos principales: la acción y la palabra. Sin embargo, es preciso mostrar, junto con Rancière, que la política lejos de ser un espacio perfecto de realización de la relación entre los hombres, está marcada por un fallo, que implica la no participación de una parte de los sujetos en el reparto del mundo común. En nuestro contexto nacional y regional, los sujetos indígenas han sido víctimas de este fallo, y el pluralismo jurídico que ha constituido una acción por remediarlo sin embargo, se ha mantenido en la amenaza de la estetización de la diferencia como forma de negación del otro.
Publisher
Universidad de las Américas
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