Abstract
El artículo parte de la distinción entre diferentes formas de pensar lo posthumano. A partir de la pregunta sobre la posibilidad de una ética posthumana, que vaya más allá del principio precautorio, se defiende la siguiente tesis: el posthumanismo, en su interpretación transhumanista, es la postura más acorde a la ética normativa tal como la conocemos, si y solo si el enfoque consecuencialista que caracteriza a sus defensores es complementado con el deontológico. Para esto se asumen dos supuestos: la idea de una continuidad entre los humanos y los posthumanos y el derecho del humano a ejercer mejoramientos sobre sí mismo que lo lleven a un estado calificable como posthumano, siempre y cuando no atenten contra la dignidad humana.
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