Abstract
El artículo examina el estado del diálogo convencional en Chile, tomando como referencia tres sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que consideran igual número de problemas muy sensibles de nuestra transición a la democracia: nos referimos, en primer lugar, a la impugnación de la amnistía a las violaciones de derechos en dictadura; en segundo lugar, a la desmedida extensión de la competencia de los tribunales militares para juzgar civiles; y en tercer lugar, al conflicto mapuche a través de un proceso penal resuelto en lo convencional. Si bien el Estado ha asumido, en general, las obligaciones que le han impuesto las decisiones de la Corte, veremos que no lo ha hecho de manera oportuna, obediente y completa. Además, en lo interno está muy lejos de aplicar el control de convencionalidad en forma plena, es decir, desplazando la norma por la contenida en el pacto. Este es el mayor déficit que existe en el proceso de integración del Estado chileno a la jurisdicción de derechos humanos.