Affiliation:
1. Universidad Sergio Arboleda
2. Universidad de Cartagena (Colombia)
Abstract
El Ministerio de Ambiente, es competente para adoptar medidas que aseguren la protección de las especies de la flora silvestre, tomar las previsiones que sean del caso para la defensa de las especies en extinción o en peligro de serlo. En ese marco, debe intervenir en el manejo, aprovechamiento, transporte y comercialización de especies e individuos de la flora silvestre y de sus productos primarios, de propiedad pública o privada. Así las cosas, y como medida de control y vigilancia, el código de recursos naturales exige que todo producto forestal primario que entre al territorio Nacional, salga o se movilice dentro de él debe estar amparado por permiso. Para la movilización de los productos forestales se requieren documentos autorizatorios, y estos variaran dependiendo de los productos forestales, que de acuerdo a la legislación se clasifican en: 1) salvoconducto único en línea 2) certificado de movilización y 3) remisión de movilización.
Publisher
Centro de Investigaciones Energeticas, Medioambientales y Tecnologicas (CIEMAT)
Reference29 articles.
1. AGUDO GONZÁLEZ, J. Ejecución y Gestión de Obras Hidráulicas: Comares. Nuevos Retos y Nuevos Conflictos 2016.
2. AMAYA ARIAS, Á. M. Régimen Forestal Internacional, en AA. VV. Lecturas sobre Derecho del Medio Ambiente, t. XIII, Bogotá, Universidad Externado de Colombia.
3. AMAYA NAVAS, Óscar. La Constitución Ecológica, Bogotá, Universidad Externado de Colombia.
4. AMAYA ARIAS, Ángela María, Régimen jurídico-ambiental de los recursos forestales en Colombia. Universidad Externado de Colombia, Bogotá. 2020.
5. AMAYA ARIAS, A. Procedimiento Administrativo Sancionatorio Ambiental en Colombia: Generalidades y algunos retos en su aplicación. Derecho & Sociedad, 65-78. 2020.