1. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. BOE Núm. 280, de 22 de noviembre 2003.
2. Real Decreto 639/2014, de 25 de julio, por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud, y se crean y modifican determinados títulos de especialista. BOE Núm. 190, de 6 de agosto de 2014.
3. Orden SCO/1980/2005, de 6 de junio, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública. BOE Núm. 152, de 27 de junio de 2005.
4. SEE, SESPAS, SEMPSPH. Ante la reforma de los programas de formación de los médicos internos y residentes. Propuesta de la Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria (SESPAS), la Sociedad Española de Epidemiología (SEE) y la Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública e Higiene (SEMPSPH). 2010. Disponible en: http://www.sespas.es/adminweb/uploads/docs/declaracion%20conjunta%20sespas%20see%20smpsph.pdf
5. Gori F. Salud pública teme que la troncalidad desvirtúe su especialidad. Diario Médico. 3 de septiembre de 2015. Disponible en: http://www.diariomedico.com/2015/09/03/area-profesional/profesion/salud-publica-teme-que-troncalidad-desvirtue-especialidad