Abstract
Este artículo analiza de lege lata la subsunción de las hipótesis de exposición de datos personales en redes sociales (funas y doxing) y plantea la pregunta de lege ferenda sobre la tipificación de la exposición peligrosa de datos personales que pueda afectar la vida, la integridad física o la libertad sexual, entre otros bienes jurídicos. La ausencia de regulación adecuada de datos personales y nuevas tecnologías, así como la irrelevancia de la autodeterminación informativa como bien jurídico autónomo en materia penal, son aspectos también tematizados, de cara a determinar si la afectación de dicho bien jurídico y de otros conculcados, como el honor, deben reclamarse en sede penal o constitucional. Finalmente, se plantea una pregunta excursiva sobre el avergonzamiento digital como castigo estatal formal.