Abstract
Traducir el derecho puede parecerles a muchos juristas una operación lingüística mecánica que consiste en transferir vocablos jurídicos de una lengua a otra. Como si el traductor estuviera haciendo una transcodificación interlingüística. Sin embargo, el vocabulario y los discursos del derecho se construyen para expresar las especificidades de cada sistema jurídico. De hecho, el parámetro cultural hace que traducir sea más complejo de lo que parece, incluso entre dos sistemas jurídicos y dos lenguas que tienen cierto «parentesco», como es el caso del derecho español y el derecho francés. Por lo anterior, la comparación jurídica de términos y conceptos se presenta como la forma más confiable de lograr su traducción.
Publisher
Universidad Nacional de Colombia
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