1. Un especial reconocimiento merecen los comentarios surgidos de la evaluación anónima de RCELAC, como así también las contribuciones de Haim Avni al estudio de la temática. Agradezco, a su vez, los valiosos aportes de Juan Felipe Pozo Block y los documentos proporcionados por Daniela Gleizer. Mi renovada gratitud a las siempre enriquecedoras observaciones de Ignacio Klich.
2. Moisés González Navarro,Población y Sociedad en México 1900–1970(México: UNAM, 1972), t. 1, pp. 120–142.
3. Enrique Krauze, Jean Meyer y Cayetano Reyes,La Reconstrucción Económica, Historia de la Revolución Mexicana 1924–1928, t. 10 (México: El Colegio de México, 1981), pp. 18 y ss.
4. En 1927 la restricción se aplicó a los grupos identificados, según la nomenclatura de la época, como negros, indobritánicos, sirios, libaneses, armenios, palestinos, árabes, turcos y chinos, reflejando, esencialmente, un criterio étnico y en 1930 se sumó el grupo de los polacos, bajo la argumentación de que los que ya se encontraban en el país se ocupaban exclusivamente del comercio ambulante o bien de agitar a los trabajadores (véase González Navarro,Población y Sociedad, pp. 44–45).
5. Judit Bokser, « La Identidad Nacional: Unidad y Alteridad », en Serge Gruzinski, Jacques Lafaye et al., comps.México, Identidad y Cultura Nacional(México: UAM, 1994), pp. 71–86.