Abstract
Resumen
En el debate sobre la reforma asistencial que surgió del humanismo europeo en el siglo XVI, en medio de los retos de afrontar la pobreza creciente en varios países, entre ellos España, el desplazamiento de parte de la población, a saber, los mendigos y los desempleados, se convierte en un problema relevante para desafiar la creciente actividad legislativa. En polémica con nuevos reglamentos nacientes, el neoescolasticismo ibérico pretende reconocer las migraciones como un elemento universal para el hombre y su historia, y establecer el derecho a migrar y moverse como un derecho perteneciente al ius gentium y no al derecho civil más local y regionalizado. La Escuela ibérica entiende el ius peregrinandi et degendi como parte de la comunicación natural del mundo y de los bienes. Las implicaciones están en los debates sobre colonización y conquistas en el Nuevo Mundo, pero son igualmente relevantes y estructuran los argumentos utilizados en las discusiones sobre la mendicidad y migraciones en el siglo XVI en toda Europa. Por tanto, el presente artículo pretende basarse en los argumentos de Domingo de Soto en el libro Deliberación en la causa de los pobres por considerarse representativo de la capacidad emblemática de estos pensadores para participar en la formulación y adaptación de conceptos y soluciones a problemas de su tiempo que amenazaban la paz social.
Abstract
In the debate on healthcare reform that emerged from European humanism in the 16th century, amid the challenges of facing increasing poverty in several countries, including Spain, the displacement of part of the population, namely, beggars and unemployed, it became a relevant problem to challenge the increasing legislative activity. In controversy with new emerging regulations, Iberian Neo-Scholasticism seeks to recognize migration as a universal element for man and his history and establish the right to migrate and move as a right belonging to the ius gentium and not to the more local and regionalized civil law. The Iberian School understands the ius peregrinandi et degendi as part of the natural communication of the world and of goods. The implications are in the debates about colonization and conquest in the new world, but they are equally relevant and structure the arguments used in the discussions about begging and migration in the 16th century throughout Europe. Therefore, this article aims to be based on the arguments of Domingo de Soto in the book Deliberation in the cause of the Poor as it is considered representative of the emblematic capacity of these thinkers to participate in the formulation and adaptation of concepts and solutions to problems of their time that threatened social peace.
Publisher
Sociedad Boliviana de Estudios Clásicos
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