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2. II. Agudelo, J. (2018). Jurisdicción Especial para la Paz vs. jurisdicción ordinaria: ámbitos de competencia. Opinión Jurídica, 17(35), 281-297. http://www.scielo.org.co/pdf/ojum/v17nspe35/1692-2530-ojum-17-spe35-281.pdf
3. III. Ambos, K. (2010). Procedimiento de la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005) y Derecho Penal Internacional. Temis. https://www.corteidh.or.cr/tablas/26869.pdf
4. IV. Amés, R., Reátegui, F., Uprimny, R., y Saffon, M. P. (2012). La relación entre justicia transicional y justicia distributiva. En T. Rincón, y J. Rodríguez, La justicia y las atrocidades del pasado. Teoría yanálisis de la justicia transicional. (págs. 35-50). Miguel Ángel Porrúa .
5. V. Arango, R. (2008). Derechos Humanos como límite a la democracia. Análisis de la Ley de Justicia y Paz. Norma.